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Recepción de documentos en sección administración: Jurídicos de las Compañías Legal) La codificación tributaria vigente permite a los contribuyentes presentar los siguientes trámites: Última actualización 23/05/2011 |
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Requisitos para Personas Jurídicas
Los datos del Contribuyente deben ser registrados o actualizados. Para registrar o actualizar datos, debe dirigirse a la VENTANILLA de la sección Administración Impuesto Dos Por Mil. Los requisitos para registrar una PERSONA JURIDICA al sistema son: 1. Copia certificada de Escrituras de Constitución y/o Aumentos de Capital inscritas en el Registro Mercantil de Guayaquil. 2. Nombramiento del representante legal (Actual) inscrito en el Registro Mercantil de Guayaquil. 3. Cédula de identidad del representante legal de la compañía. 4. R.U.C. (ACTUAL). 5. Teléfono(s)/Fax. 6. Datos de domicilio principal en Guayaquil. 7. e-mail (correo electrónico).Inicio del documento... Requisitos para Persona Natural Los datos del Contribuyente deben ser registrados o actualizados. Para registrar o actualizar datos, debe dirigirse a la VENTANILLA de la sección Administración Impuesto Dos Por Mil. Los requisitos para registrar una PERSONA NATURAL al sistema son: 1. Certificación de afiliación a Cámara de Comercio de Guayaquil en el que conste: a) Fecha de inicio de actividades b) Dirección principal en Guayaquil c) Capital declarado para la operación 2. Valor actual de la matrícula comercial inscrita en Registro Mercartil de Guayaquil. 3. Cédula de identidad del representante legal. 4. R.U.C. (actual). 5. Teléfono(s)/Fax. 6. Domicilio principal en Guayaquil. 7. e-mail (correo electrónico).Inicio del documento... Requisitos Ingreso de Documentación por Actos Jurídicos de las Compañías El contribuyente debe presentar la siguiente documentación: 1. Escritura INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL de: Aumento de capital Fusión por absorción Disolución voluntaria anticipada Escisión Cambio de denominación Apertura de sucursal Reforma estatuto 2. Nombramiento del Representante legal (actual) inscrito en el Registro Mercartil de Guayaquil. 3. R.U.C. (actual).Inicio del documento... Procedimiento para Pago del Impuesto Dos Por Mil
1. Presentar R.U.C. actualizado y/o Balance en los casos de Bancos y
Financieras y solicitar el formulario correspondiente al pago en
ventanilla #2 de la liquidación administrativa (planta baja) y/o
en ventanilla de Sección Coactiva, la liquidación coactiva (ubicada
en primer piso de edificio).
2. Cancelar en ventanilla de pago #3 conforme a datos de liquidación,
en efectivo o cheque certificado a nombre de la Tesorería de la
Universidad de Guayaquil.
3. En caso de presentarse novedad en la liquidación, el liquidador
informará al Contribuyente, el trámite que debe seguir, según el
caso.
4. En ventanilla de pago se entrega al contribuyente un recibo firmado por
la Recaudadora y con la indicación de fecha para retirar el título, en los
casos que sea necesario.
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Atención Personalizada por las Jefaturas
- Los Jefes de cada una de las Secciones del impuesto dos por
mil, atenderán y solucionarán los asuntos presentados por
los contribuyentes, en el desarrollo de las actividades diarias.
- El contribuyente acudirá al despacho de la Jefe de División
para tratar los asuntos que considere necesarios.
Inicio del documento... Requisitos para la Baja de Títulos de Crédito
1. Solicitud dirigida a la Directora Financiera de la Universidad de
Guayaquil suscrita por el representante legal y abogado.
2. Fotocopia autentificada del nombramiento del representante legal.
3. Escritura notariada de disolución voluntaria anticipada y/o cancelación
de inscripción, según sea el caso.
4. Señalar el domicilio judicial para notificaciones.
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Reclamo Administrativo
1. Los reclamos administrativos se plantearán ante la Directora Financiera
de la Universidad de Guayaquil, y se presentarán en la Sección Legal del
Impuesto Dos Por Mil.
2. Deberán cumplir con los requisitos que señalan los artículos 116 y 119 de
la Ley Orgánica de Código Tributario vigente.
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Facilidades de Pago
La petición de facilidades de pago se formulará ante la Dirección Financiera
de la Universidad de Guayaquil, será motivada y contendrá los requisitos de
los arts. 119 y 152 del Código Orgánico Tributario.
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Recurso de Revisión
El recurso de revisión se formulará, ante el Sr. Rector de la entidad,
en los casos señalados el art. 143 de la codificación Tributaria.
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Recurso de Apelación
En los casos de los artículos 176, 191 y 209 del Código Orgánico
Tributario, o en cualquier otro en que se permita el recurso de
apelación, el contribuyente lo formulará ante el Tribunal Distrital
de lo Fiscal, conforme a lo preceptuado en el artículo 298 de la
Codificación Tributaria vigente.
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Recurso de Queja
1.- El contribuyente que se encontrare en los casos que señala el
art. 216 de la Codificación Tributaria vigente, formulará
el recurso de queja ante el Tribunal Distrital de lo Fiscal.
2.- El Escrito de queja contendrá los requisitos establecidos en
el art. 303 de la Codificación Tributaria, vigente.
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