Universidad de Guayaquil
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En el cumplimiento al Art. 43 de la Ley Orgánica de Educación Superior:
Art. 43.- Publicación de información en portal electrónico.- Las instituciones que conforman el Sistema de Educación Superior, en cumplimiento de la Ley, obligatoriamente deberán publicar en su portal electrónico las remuneraciones de sus autoridades, profesores, investigadores, servidores y trabajadores.
Esta información se integrará de manera obligatoria al Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador. |
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